Tarifa Fácil Plus Hogar
Sin impuestos | Término Fijo €/mes | Término Variable €/kWh | ||||
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Término Energía €/kWh | Peajes Energía €/kWh | Precios Energía €/kWh | ||||
Consumo menor de 5.000 kWh(RL.1) |
6,75 | 0,084425 | 0,016525 | 0,067900 | ||
Consumo entre 5001 y 15.000KWh(RL.2) |
8,70 | 0,078476 | 0,015502 | 0,062974 | ||
Consumo entre 15001 y 50.000KWh(RL.3) |
15,43 | 0,073648 | 0,011704 | 0,061944 |
*El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. El descuento no aplica a peajes, cargos y demás términos regulados.
Con impuestos | Término Fijo €/mes | Término Variable €/kWh | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Término Energía €/kWh | Peajes Energía €/kWh | Precios Energía €/kWh | ||||
Consumo menor de 5.000 kWh(RL.1) |
8,17 | 0,104986 | 0,019995 | 0,084990 | ||
Consumo entre 5001 y 15.000KWh(RL.2) |
10,53 | 0,097787 | 0,018757 | 0,079030 | ||
Consumo entre 15001 y 50.000KWh(RL.3) |
18,67 | 0,091945 | 0,014162 | 0,077784 |
**Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).
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Términos y
condiciones
El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo para cada periodo tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por lo que se establece la metodología para el cálculo de peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o en menos, por en Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificará al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificárselo 15 días antes.
Al ser un precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía de la en MIBGAS con un incremento de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.
Plenitude facturará una cuota fija en €/mes, en concepto de "Gastos de Gestión" por servicios de valor añadido ofrecido a sus Clientes. En caso de una facturación inferior o superior al mes, dicho gasto de gestión se reflejará en la factura de forma prorrateada según corresponda.
*Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).