OMBRA@1x - Tarifas de luz

Tarifas de luz adaptadas a las necesidades de tu hogar

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Tarifa Fácil: llega la tarifa de luz sin horarios

Llega el precio de la luz a un precio justo y sin limitaciones horarias con la Tarifa Fácil, nuestra tarifa de luz más barata. Da el paso y disfruta de toda la energía que necesites a un precio fijo, las 24 horas del día.

¿Por qué elegir la Tarifa Fácil?

Con la Tarifa Fácil se acabaron las restricciones horarias.

Ofrecemos electricidad de fuentes renovables respetuosas con el planeta y con un bajo impacto medioambiental.

Y el proceso de contratación es muy fácil, sin papeleos ni letra pequeña.

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Tarifa Fácil

-15% de descuento en la energía

Luz

0,156002 €/kWh

ENERGÍA:

0,132602€/kWh

POTENCIA:

0,105159 €/kW

Precio potencia para peridos P1 yP2
(Impuestos no incluidos)

0,156002 €/kWh

ENERGÍA:

0,117002 €/kWh

POTENCIA:

0,105159 €/kW/día

Precio potencia para peridos P1 yP2
(Impuestos no incluidos)

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Aprovecha las franjas horarias más económicas y ahorra en tu factura de luz.

¿Por qué es para mí?

Paga SOLO por el consumo de luz que realices más una pequeña cuota al mes.

Pásate a la Tarifa Tendencia Luz de Plenitude y nosotros nos encargamos de todo.

Serás libre de cambiar de compañía, sin penalización alguna cuando quieras.

Tarifa Tendencia

Luz

0,156002 €/kW

ENERGÍA VALLE:

0,158 €/kWh

ENERGÍA LLANO:

0,146 €/kW

ENERGÍA PUNTA:

0,156 €/kW

(Impuestos no incluidos)

¿Preguntas?
Más información.

Porque somos una comercializadora independiente, que te ofrece, tanto si eres particular como empresa:

  • La atención y el servicio que te mereces.
  • Un precio justo en tu factura, sin trampas.
  • Facturas claras y fáciles de entender, sin servicios añadidos que no necesitas.
  • Control y monitorización de tu gasto, para que no te lleves sorpresas.

En absoluto. Tanto si cambias a Plenitude como si vuelves a tu anterior empresa suministradora, no habrá ningún período sin suministro de luz o gas a causa del cambio.

Tan sólo debes contratar el suministro con Plenitude. Completa el formulario de alta, y de todo lo demás nos encargamos nosotros.

No necesitarás realizar ningún cambio en tu contador ni en tu instalación. El cambio será rápido, sencillo y sin molestias

Cualquier persona residente en España. Damos servicio tanto a particulares, como a empresas o instituciones. Tanto si estás de alquiler o eres propietario puedes cambiarte a Plenitude.

Nada, absolutamente nada. Eso sí, asegúrate de que no tienes un compromiso de permanencia en tu compañía actual. Si es así, o no tienes claro hasta qué fecha lo tienes, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos con cualquier trámite.

Actualmente llegamos a todo el territorio peninsular español, a las Islas Baleares, a Ceuta y Melilla, y a las Islas de Gran Canaria y Tenerife. Si estás en las demás Islas Canarias, lo sentimos, pero en este momento no podemos ofrecer nuestros servicios en estas zonas por impedimentos técnicos que escapan a nuestro control. Creednos, realmente lo sentimos y cuando podamos llegar a todos vosotros, ¡os lo haremos saber al momento!

Puede que no seas el propietario de la vivienda, o que mantengas el contrato de electricidad a nombre del propietario anterior. Siempre que seas tú el que consume la electricidad no habrá problema en cambiar a Plenitude. Además, si el titular quiere cambiar a su compañía anterior en el momento en el que dejes la vivienda, puede hacerlo libremente y sin ningún coste asociado.

Te llamamos

Nos pondremos en contacto contigo lo antes posible

La finalidad de la recogida de sus datos es poder atender a su solicitud de información, pudiendo Plenitude ceder los datos a terceros, siendo el responsable del tratamiento de sus datos, todo ello con la finalidad de poder llevar a cabo un posible contrato de suministro. La legitimación se basa en el artículo 6.1.a) del RGPD, teniendo usted derecho a ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos dirigiéndose a la dirección de correo lopd@eniplenitude.es, tal y como se explica en nuestra política de privacidad. 

Tarifa Tendencia Luz Hogar

Precio sin impuestos:

Tarifa horarios potencia <= 15kW
Sin impuestos
Con impuestos
Energía
P1
Según Precio de Mercado
SPM
P2
SPM
SPM
P3
SPM
SPM
Potencia
P1
0,069543 €/kW/día
0,073385 €/kW/día
P2
0,00367 €/kW/día
0,003882 €/kW/día
Cuota
Con dto. (12 meses)
1,50 €/mes
1,82 €/mes
Sin descuento
3,5 €/mes
4,24 €/mes

Términos y condiciones Tarifa Tendencia Luz Hogar

El importe del precio mensual del término de energía se calculará por períodos multiplicando el precio calculado según la fórmula adjunta por el consumo del suministro al cual se le añadirán los impuestos correspondientes, tanto impuesto eléctrico como IVA o IGIC, según corresponda.

Precio Energía = [(PPC + CM) x (1+Cperd)] x 1,015 + Fee + ATRe

Las variaciones que se produzcan en los peajes de acceso, cargos, tributos y/o cualquiera de los impuestos que sean de aplicación, incluso de nueva creación, se repercutirá al cliente al alza o a la baja según proceda. En particular, Plenitude podrá aplicar los recargos o sobrecostes derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en el RD 148/2021 de 9 de marzo, por el que establece la metodología para el cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya.  La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

Glosario de la fórmula

-PPC = Precio Perfilado de compra Plenitude por período y tarifa de acceso. Será el resultado de perfilar el precio horario del mercado diario publicado por el Operador del Mercado en www.omie.es por la energía horaria comprada por Plenitude, disponible en el P48 www.esios.ree.es por período y tarifa de acceso.

-CM = costes de mercado de la comercialización. Incluye la suma de los términos regulados vigentes en cada momento para cada tarifa de acceso y periodo tarifario como pagos por capacidad, tasas de operador del mercado y operador del sistema, aportación al fondo de eficiencia, bono social; así como el resto de términos publicados por el Operador del Sistema en www.esios.ree.es como los servicios de ajuste, servicio de respuesta activa de la demanda, coste de desvíos y otros costes de mercado imputables a la demanda que puedan aparecer derivados de cambios legislativos; así como el coste de las garantías de origen publicadas en la plataforma www.montelnews.com.

-Cperd = coeficientes de pérdidas horarias de red establecidos por el Operador del sistema para cada tarifa de acceso, periodo y procedimiento de operación vigente que corresponda.

-Fee = retribución por la operación e intermediación en el mercado.

-ATRe = los peajes y cargos se calcularán en base a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o disposiciones legales que lo sustituyan.

Tarifa Fácil Luz Hogar

Potencia €/kW y día
Precio Final Energía
POTENCIA ≤ 15 kW
P1-P2
(P. Punta y
P. Valle)
P1 – P2 – P3
con -15% dto
P1 – P2 – P3
sin dto
Sin impuestos
0,105159
0,132602
0,156002
Con impuestos
0,110969
0,139928
0,164621
Este Plan incluye el Impuesto Eléctrico (0,5%) y el IVA (5 %) para potencias inferiores a 10kW en Península y Baleares hasta el 31 de diciembre y cuando el precio del mercado diario del mes anterior supere los 45€/MWh; para el resto de los casos aplica el IVA (21%). En Canarias se aplica el IGIC (7%) y Ceuta y Melilla aplican el IPSI (4%). La presente tarifa lleva aparejada los recargos o sobrecostes para Plenitude derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de potencia ATR por cada periodo tarifario previstos en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que la sustituya.

Comprende además, el coste de la energía, incluyendo las pérdidas derivadas de la implementación de la legislación y demás procedimientos aplicables a la fecha del contrato, los pagos por capacidad y el coste de los servicios complementarios.

No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

*Conforme a la normativa vigente, los precios finales aplicables al presente contrato con impuestos indirectos incluidos (IVA o IGIC o IPSI, según normativa aplicable) así como impuestos especiales (impuesto eléctrico) serán los reflejados en la tabla inferior. Si el precio contratado es indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el pool de OMIE con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

Oferta válida para clientes sin Bono Social y potencia comprendida entre 3 y 15 kW (ambos incluidos).

Ver condiciones generales de contratación.