¿Quieres que te asesoremos de tú a tú?
Respondemos a todas tus preguntas para que empieces a ahorrar cuanto antes.
Con nuestras ofertas combinadas, encontrarás la opción ideal para tus necesidades de consumo.
El precio que pagas por la luz y el gas no se verá afectado por las subidas del precio de la energía en el mercado.
Con nuestra tarifa fija de luz y gas te lo ponemos todo “Fácil” para que te quedes con nosotros.
Si concentras tu consumo cuando el precio de la energía es más económico, podrás reducir significativamente tu factura.
No te atamos con permanencias ni te penalizamos si decides que otra opción se adapta mejor a tus necesidades.
Respondemos a todas tus preguntas para que empieces a ahorrar cuanto antes.
Tu tarifa de luz y gas ideal será la que mejor se ajuste a tu perfil de consumo, evitando que gastes más energía de la necesaria y permitiéndote así ahorrar en tu factura.
Empieza por hacerte estas preguntas:
- ¿En qué horario suelo consumir más energía?
- ¿Prefiero la tranquilidad que me ofrece una tarifa fija de luz y gas o ahorrar con una tarifa variable cuando el precio de la energía es más económico?
- ¿Puedo beneficiarme de algún tipo de descuento o promoción al contratar?
- ¿Me exigen un periodo de permanencia?
Si tienes dudas sobre qué tarifa de luz y gas es más conveniente para ti, nuestro equipo de atención al cliente estará encantado de asesorarte. Escríbenos o llámanos al 900 37 37 62.
Contratar una tarifa combinada de luz y gas simplifica la gestión de tus suministros. Firmarás un solo contrato y recibirás una única factura por tu consumo. ¡Más fácil, imposible!
En Plenitude, te ofrecemos siempre precios económicos y transparentes. Y, si contratas ahora, tenemos una oferta especial en nuestra Tarifa Fácil Luz y Gas.
Disfruta de un 20% de descuento durante 12 meses sólo por tramitar tu alta online.
¿Y sabes lo mejor? Para beneficiarte de esta promoción, no te exigimos ningún compromiso a largo plazo. Queremos que te quedes con nosotros porque estés satisfecho con nuestro servicio, así que no te atamos con permanencias ni penalizaciones.
El primer paso para sopesar diferentes ofertas de luz y gas es definir cuáles son tus necesidades. Para ello, pregúntate cómo y cuándo consumes energía.
Quizá prefieras tener una tarifa a precio fijo con la que pagues lo mismo por kWh consumas cuando consumas. O puede que te interese más contratar una tarifa de luz y gas variable, que te permita ahorrar concentrando tu consumo en los periodos en que el coste de la energía es más barato.
En Plenitude, sabemos que cada hogar es un mundo. Por eso, nuestras tarifas te ofrecen flexibilidad y personalización. Y siempre a un precio económico y sin permanencia.
Contratar tu energía con nosotros sólo te llevará unos minutos:
- Decide qué tarifa de luz y gas se adapta mejor a tus hábitos de consumo:
¿precio fijo con la Tarifa Fácil o energía a precio de coste con la Tarifa Tendencia?
- Busca tu número CUPS en tus facturas de la luz y el gas (se trata de un código que comienza con ES y tiene 20 o 22 caracteres).
- Ten a mano los documentos necesarios (NIF e IBAN de quien figurará como titular del contrato).
- Elige cómo prefieres dar de alta tu suministro: online o llamando a nuestro número de teléfono gratuito 900 26 48 33.
Cuando hayamos dado de alta tu tarifa de luz y gas, recibirás un SMS para confirmar tu contratación. ¡Así de fácil y rápido!
En Plenitude, queremos ofrecerte soluciones que te ayuden a ahorrar en tu factura de la luz y del gas. Por eso hemos creado dos tarifas que combinan ambos suministros y se adaptan a las necesidades energéticas de diferentes tipos de hogares:
- Tarifa Fácil Luz y Gas: nuestra tarifa a precio fijo que te da la tranquilidad de saber qué pagarás por cada kWh de energía que consumas. Sin altibajos ni sorpresas.
Además, si contratas online, tenemos preparada para ti una oferta especial. Llévate hasta un 20% en el término de energía de tus facturas de luz y gas para todo un año.
- Tarifa Tendencia Luz y Gas: te trasladamos lo que nos cuesta a nosotros la energía, más una pequeña cuota de gestión, para que pagues lo mínimo por tu energía.
Con Tendencia podrás disfrutar de un mayor ahorro si concentras tu consumo en los momentos en que el precio de la luz y el gas es más económico.
Con Plenitude, ahorrar es fácil. Sólo tienes que elegir la tarifa más acorde al consumo de energía de tu hogar.
Te ofrecemos la opción de contratar nuestros servicios de mantenimiento de luz y gas por una pequeña cuota mensual.
Con nuestros planes de mantenimiento, ganarás eficiencia, seguridad y ahorro en tu hogar. Además, contratando ahora te llevas los tres primeros meses gratis.
Estamos a tu lado para ayudarte a elegir una tarifa adaptada a tu consumo.
Estamos enviando tu solicitud. Danos sólo unos segundos...
Ya sabes, a veces internet nos juega malas pasadas. Pero no te preocupes, que esto tiene fácil arreglo. Puedes llamarnos al número gratuito 900 37 37 63 o escribirnos a clientes@plenitude.es. Estaremos encantados de responder a tus consultas de lunes a viernes entre las 9 y 20 h.
Sin impuestos | Término Fijo €/mes | Término Variable €/kWh | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Coste energía con 15% dto €/kWh | Coste energía sin dto €/kWh | Peajes y cargos de la energía €/kWh | Término variable con 15% dto**€/kWh (coste energía + peajes) | Término variable sin dto**€/kWh (coste energía + peajes) | ||
Consumo menor de 5.000 kWh(RL.1) |
7,32 | 0,056954 | 0,015198 | 0,072152 | ||
Consumo entre 5001 y 15.000KWh(RL.2) |
10,13 | 0,051803 | 0,012283 | 0,064086 | ||
Consumo entre 15001 y 50.000KWh(RL.3) |
17,11 | 0,050773 | 0,009616 | 0,060389 |
*El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. El descuento no aplica a peajes, cargos y demás términos regulados.
**El 15% dto no aplica sobre peajes y cargos.
Con impuestos | Término Fijo €/mes | Término Variable €/kWh | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Coste energía con 15% dto €/kWh | Coste energía sin dto €/kWh | Peajes y cargos de la energía €/kWh | Término variable con 15% dto**€/kWh (coste energía + peajes) | Término variable sin dto**€/kWh (coste energía + peajes) | ||
Consumo menor de 5.000 kWh(RL.1) |
8,86 | 0,071746 | 0,018390 | 0,090136 | ||
Consumo entre 5001 y 15.000KWh(RL.2) |
12,26 | 0,065513 | 0,014862 | 0,080375 | ||
Consumo entre 15001 y 50.000KWh(RL.3) |
20,70 | 0,064267 | 0,011635 | 0,075902 |
**El 15% dto no aplica sobre peajes y cargos
***Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o
IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de
Hidrocarburos (0,00234€/kWh).
El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo para cada periodo tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por lo que se establece la metodología para el cálculo de peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o en menos, por en Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificará al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificárselo 15 días antes.
Al ser un precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía de la en MIBGAS con un incremento de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.
Plenitude facturará una cuota fija en €/mes, en concepto de "Gastos de Gestión" por servicios de valor añadido ofrecido a sus Clientes. En caso de una facturación inferior o superior al mes, dicho gasto de gestión se reflejará en la factura de forma prorrateada según corresponda.
*Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).
Sin Telemedida | Término Fijo €/mes Sin impuestos |
Término Fijo €/mes Con impuestos |
---|---|---|
RL.1 | 7,32 | 8,86 |
RL.2 | 10,13 | 12,26 |
RL.3 | 17,11 | 20,70 |
*Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).
Cuota mensual €/mes Sin impuestos y sin descuento |
Cuota mensual €/mes Con impuestos, Sin descuento |
|
---|---|---|
Todas las potencias (RL.1/2/3) | 3,50 | 4,24 |
*Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).
El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo por cada período tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o menos, por el Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificada al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificarlo 15 días antes.
Al ser el precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el MIBGAS con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.
FORMULA PARA INDEXADAS GAS
Si contrata una tarifa indexada la fórmula que se aplica será la siguiente:
PE = Promedio (Mibgas)*1.05 + ATRs
MIBGAS (diario) = el precio para cada día de entrega de gas publicado en www.mibgas.es bajo el titulo “índice MIBGAS” en €/MWh.
ATRe = el ATR se calculará en base a lo previsto en la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), por la que se establecen la los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural y la propuesta de orden por la que se establecen los cargos del sistema gasista, o normativa que la sustituya.
Fee = honorarios que incluyen costes de operación y gestión del contrato.
A los peajes anteriores les será de aplicación la Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector de hidrocarburos gaseosos y la cuota del GTS correspondiente.
Esta tarifa es contratable en exclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitude y para nuevas altas de suministro contratadas con Plenitude.
Ver condiciones generales de contratación aquí.
Potencia €/kW y día | Precio Final Energía | ||
---|---|---|---|
Hasta 5kW de POTENCIA | P1-P2 (P. Punta y P. Valle) |
P1-P2-P3 con 25% dto |
P1-P2-P3 sin dto |
Sin impuestos | 0,0694 | 0,105190 | 0,140254 |
Con impuestos | 0,080243 | 0,121625 | 0,162166 |
Más de 5kW de POTENCIA(Hasta 15kW) |
P1-P2 (P. Punta y P. Valle) |
P1-P2-P3 con 25% dto |
P1-P2-P3 sin dto |
Sin impuestos | 0,0694 | 0,114640 | 0,152853 |
Con impuestos | 0,088267 | 0,132551 | 0,176734 |
(*)El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro.
Este Plan incluye el Impuesto Eléctrico (5,11%) y el IVA (21 %) en Península y Baleares. En Canarias se aplica el IGIC (7%) y Ceuta y Melilla aplican el IPSI (4%). La presente tarifa lleva aparejada los recargos o sobrecostes para Plenitude derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
Tarifa horarios
potencia <= 15kW |
Sin impuestos | Con impuestos | |
---|---|---|---|
Energía | P1 | Según Precio de Mercado | SPM |
P2 | SPM | SPM | |
P3 | SPM | SPM | |
Potencia | P1 | 0,069376 €/kW/día | 0,088237 €/kW/día |
P2 | 0,002647 €/kW/día | 0,003367 €/kW/día | |
Con impuestos | Sin descuento | 3,5 €/mes | 4,24 €/mes |
Este Plan incluye el Impuesto Eléctrico (5,11%) y el IVA (21 %) para potencias inferiores a 10kW en Península y Baleares hasta el 31 de diciembre y cuando el precio del mercado diario del mes anterior supere los 45€/MWh; para el resto de los casos aplica el IVA (21%). En Canarias se aplica el IGIC (7%) y Ceuta y Melilla aplican el IPSI (4%). La presente tarifa lleva aparejada los recargos o sobrecostes para Plenitude derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
El importe del precio mensual del término de energía se calculará por períodos multiplicando el precio calculado según la fórmula adjunta por el consumo del suministro al cual se le añadirán los impuestos correspondientes, tanto impuesto eléctrico como IVA o IGIC, según corresponda.
Precio Energía = [(PPC + CM) x (1+Cperd)] x 1,015 + Fee + ATRe
Las variaciones que se produzcan en los peajes de acceso, cargos, tributos y/o cualquiera de los impuestos que sean de aplicación, incluso de nueva creación, se repercutirá al cliente al alza o a la baja según proceda. En particular, Plenitude podrá aplicar los recargos o sobrecostes derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en el RD 148/2021 de 9 de marzo, por el que establece la metodología para el cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.
Esta tarifa es contratable en esclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitude y para nuevas altas de suministro contratadas con Plenitude.
-PPC = Precio Perfilado de compra Plenitude por período y tarifa de acceso. Será el resultado de perfilar el precio horario del mercado diario publicado por el Operador del Mercado en www.omie.es por la energía horaria comprada por Plenitude, disponible en el P48 www.esios.ree.es por período y tarifa de acceso.
-CM = costes de mercado de la comercialización. Incluye la suma de los términos regulados vigentes en cada momento para cada tarifa de acceso y periodo tarifario como pagos por capacidad, tasas de operador del mercado y operador del sistema, aportación al fondo de eficiencia, bono social; así como el resto de términos publicados por el Operador del Sistema en www.esios.ree.es como los servicios de ajuste, servicio de respuesta activa de la demanda, coste de desvíos y otros costes de mercado imputables a la demanda que puedan aparecer derivados de cambios legislativos; así como el coste de las garantías de origen publicadas en la plataforma www.montelnews.com.
-Cperd = coeficientes de pérdidas horarias de red establecidos por el Operador del sistema para cada tarifa de acceso, periodo y procedimiento de operación vigente que corresponda.
-Fee = retribución por la operación e intermediación en el mercado.
-ATRe = los peajes y cargos se calcularán en base a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o disposiciones legales que lo sustituyan.