Nuestras tarifas de luz y gas para empresas y autónomos

Ahorro y flexibilidad en tu gestión energética con Plenitude

  • Descubre nuestras ofertas de luz y gas que se adaptan a tu negocio.
  • Elige la tarifa más acorde a tu consumo energético con nuestro asesoramiento personalizado.
  • Apoya la generación renovable consumiendo electricidad certificada con Garantías de Origen*.

*Puedes solicitar tus Garantías de Origen si tienes una tarifa de luz 2.0TD, con una potencia contratada igual o inferior a 15kW.

¿Por qué confiar en Plenitude para la energía de tu negocio?

  • +60 años suministrando energía

    A miles de empresas y autónomos en toda Europa.

  • Oportunidades de ahorro

    Reduce tus facturas con nuestras tarifas competitivas.

  • Asesoramiento personalizado

    Te guiamos en las decisiones energéticas de tu negocio.

Nuestras tarifas de luz para empresas

Tarifa Fácil Luz Empresas

Si tu consumo eléctrico es irregular o se concentra en las horas de mayor demanda energética, nuestra tarifa fija te aporta estabilidad y ahorro.

  • Controla mejor tu presupuesto con un precio fijo por kWh para todo el año.
  • Trabaja sin límites horarios: mismo precio las 24 horas del día.
  • Protege tu negocio de las subidas de precio de la luz. ¡Las asumimos nosotros!

Tarifa Tendencia Luz Empresas

Nuestra tarifa indexada es ideal para tu negocio si tu actividad se concentra en las horas en que la energía es más barata.

  • Consume electricidad a precio de mayorista, más una pequeña cuota de gestión.
  • Benefíciate de las bajadas del precio de la luz.
  • Disfruta de flexibilidad: sin permanencia ni penalizaciones.
  • Tarifa Fácil Luz Empresas

    Si tu consumo eléctrico es irregular o se concentra en las horas de mayor demanda energética, nuestra tarifa fija te aporta estabilidad y ahorro.

    • Controla mejor tu presupuesto con un precio fijo por kWh para todo el año.
    • Trabaja sin límites horarios: mismo precio las 24 horas del día.
    • Protege tu negocio de las subidas de precio de la luz. ¡Las asumimos nosotros!
  • Tarifa Tendencia Luz Empresas

    Nuestra tarifa indexada es ideal para tu negocio si tu actividad se concentra en las horas en que la energía es más barata.

    • Consume electricidad a precio de mayorista, más una pequeña cuota de gestión.
    • Benefíciate de las bajadas del precio de la luz.
    • Disfruta de flexibilidad: sin permanencia ni penalizaciones.

Nuestra tarifa de gas para tu negocio

Tarifa Tendencia Gas Empresas

Con nuestra tarifa indexada, el precio del kWh varía según el Mercado Ibérico de Gas. Aprovecha la flexibilidad de Tendencia para ahorrar.

  • Compra tu energía al precio que la pagamos nosotros, más una pequeña cuota de gestión.
  • Evita los recargos por primas de riesgo que incluyen las tarifas fijas.
  • Cambia de tarifa cuando lo necesites: sin permanencia.

 

Ver condiciones de tarifa

Habla con un asesor

Cómo contratar nuestras tarifas de luz y gas para empresas

  • 1

    Solicita una llamada

  • 2

    Te asesoramos y estimamos tu factura

  • 3

    Facilítanos los datos de tu negocio y tu suministro

  • 4

    Firma tu contrato por email

  • 5

    ¡Y listo! En 2-7 días estarás con nosotros

Solicita asesoramiento sin compromiso

Déjanos un teléfono y un gestor energético se pondrá en contacto contigo.

Este campo es obligatorio.
Este campo es obligatorio.
Este campo es obligatorio.
Este campo es obligatorio.

La finalidad de la recogida de tus datos es poder atender a tu solicitud de información, pudiendo Plenitude ceder los datos a terceros, siendo el responsable del tratamiento de tus datos, todo ello con la finalidad de poder llevar a cabo un posible contrato de suministro. La legitimación se basa en el artículo 6.1.a) del RGPD. Tienes derecho a ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos dirigiéndote a la dirección de correo lopd@eniplenitude.es, tal y como se explica en nuestra política de privacidad.

Este campo es obligatorio.

Tarifa Fácil Luz Empresas

Potencia €/kW y día Precio Final Energía €/kWh
P1 (Periodo Punta) P2 (Periodo Valle) P1 – P2 – P3
POTENCIA ≤ 15 kW Sin impuestos 0,069400 0,069400 0,106794
POTENCIA ≤ 15 kW Con impuestos 0,080243 0,080243 0,123479
P1 P2 P3 P4 P5 P6 P1-P2-P3
POTENCIA > 15 kW Sin impuestos 0,042931 0,026084 0,023850 0,022441 0,020147 0,018148 0,121105
POTENCIA > 15 kW Con impuestos 0,049639 0,030159 0,027576 0,025947 0,023295 0,020983 0,140026

(*)El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. Incluye IVA reducido del 10% hasta el 31/12/2024 para potencias contratadas inferiores o iguales a 10 kW, en caso de que el precio medio del mercado diario del mes anterior sea superior a los 45 euros por MWh. En cualquier otro caso, aplicará el 21%. Incluye Impuesto Especial sobre Electricidad (IEE) del 5,11%.

  • Términos y condiciones El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de potencia ATR por cada periodo tarifario previstos en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que la sustituya.

    Comprende además, el coste de la energía, incluyendo las pérdidas derivadas de la implementación de la legislación y demás procedimientos aplicables a la fecha del contrato, los pagos por capacidad y el coste de los servicios complementarios.

    No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

    *Conforme a la normativa vigente, los precios finales aplicables al presente contrato con impuestos indirectos incluidos (IVA o IGIC o IPSI, según normativa aplicable) así como impuestos especiales (impuesto eléctrico) serán los reflejados en la tabla inferior. Si el precio contratado es indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el pool de OMIE con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

    Ver condiciones generales de contratación aquí.

Tarifa Tendencia Luz Empresas

Término de potencia €/KW y día FEE
P1 P2 P3 P4 P5 P6 cts €/KWh
2.0 TD Sin impuestos 0,080499 0,030455 1
3.0 TD Sin impuestos 0,042931 0,026084 0,023850 0,022441 0,020147 0,018148 0,60
6.1 TD Sin impuestos 0,066706 0,040144 0,042075 0,036398 0,018623 0,016548 0,90
2.0 TD Con impuestos 0,093076 0,035213 1,16
3.0 TD Con impuestos 0,049639 0,030159 0,027576 0,023295 0,025624 0,020983 0,69
6.1 TD Con impuestos 0,077128 0,046416 0,048649 0,042085 0,021533 0,019133 1,04

(*)El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. Incluye IVA reducido del 10% hasta el 31/12/2024 para potencias contratadas inferiores o iguales a 10 kW, en caso de que el precio medio del mercado diario del mes anterior sea superior a los 45 euros por MWh. En cualquier otro caso, aplicará el 21%. Incluye Impuesto Especial sobre Electricidad (IEE) del 5,11%.

  • Términos y condiciones El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de potencia ATR por cada periodo tarifario previstos en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que la sustituya.

    *Conforme a la normativa vigente, los precios finales aplicables al presente contrato con impuestos indirectos incluidos (IVA o IGIC o IPSI, según normativa aplicable) así como impuestos especiales (impuesto eléctrico) serán los reflejados en la tabla inferior. Si el precio contratado es indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el pool de OMIE con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.
    El importe del precio mensual del término de energía se calculará por períodos multiplicando el precio calculado según la fórmula adjunta por el consumo del suministro al cual se le añadirán los impuestos correspondientes, tanto impuesto eléctrico como IVA o IGIC, según corresponda.

    Precio Energía = [(PPC + CM) x (1+Cperd)] x 1,015 + Fee + ATRe

    PPC = Precio Perfilado de compra Plenitude por período y tarifa de acceso. Será el resultado de perfilar el precio horario del mercado diario publicado por el Operador del Mercado en www.omie.es por la energía horaria comprada por Plenitude, disponible en el P48 www.esios.ree.es por período y tarifa de acceso.

    CM = costes de mercado de la comercialización. Incluye la suma de los términos regulados vigentes en cada momento para cada tarifa de acceso y periodo tarifario como pagos por capacidad, tasas de operador del mercado y operador del sistema, aportación al fondo de eficiencia, bono social; así como el resto de términos publicados por el Operador del Sistema en www.esios.ree.es como los servicios de ajuste, servicio de respuesta activa de la demanda, coste de desvíos y otros costes de mercado imputables a la demanda que puedan aparecer derivados de cambios legislativos; así como el coste de las garantías de origen publicadas en la plataforma www.montelnews.com.

    Cperd = coeficientes de pérdidas horarias de red establecidos por el Operador del sistema para cada tarifa de acceso, periodo y procedimiento de operación vigente que corresponda

    Fee = retribución por la operación e intermediación en el mercado.

    ATRe = los peajes y cargos se calcularán en base a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o disposiciones legales que lo sustituyan.

    Las variaciones que se produzcan en los peajes de acceso, cargos, tributos y/o cualquiera de los impuestos que sean de aplicación, incluso de nueva creación, se repercutirá al cliente al alza o a la baja según proceda. En particular, Plenitude podrá aplicar los recargos o sobrecostes derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
    No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en el RD 148/2021 de 9 de marzo, por el que establece la metodología para el cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

    Ver condiciones generales de contratación aquí.

Tarifa Tendencia Gas Empresas

Sin TelemedidaTérmino Fijo €/mes
Sin impuestos
Término Fijo €/mes
Con impuestos
FEE cts €/KWh
Sin impuestos
FEE cts €/KWh
Con impuestos
RL.16,758,171,501,82
RL.28,7010,531,001,21
RL.315,4318,671,001,21
RL.433,3640,360,800,97

*Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).

  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo por cada período tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o menos, por el Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificada al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificarlo 15 días antes.

    Al ser el precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el MIBGAS con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.
    *Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales

    Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).

    FORMULA PARA INDEXADAS GAS

    Si contrata una tarifa indexada la fórmula que se aplica será la siguiente:
    PE = MIBGAS (diario) x 1,05 + Fee + ATRe

    MIBGAS (diario) = el precio para cada día de entrega de gas publicado en www.mibgas.es bajo el titulo “índice MIBGAS” en €/MWh.

    ATRe = el ATR se calculará en base a lo previsto en la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), por la que se establecen la los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural y la propuesta de orden por la que se establecen los cargos del sistema gasista, o normativa que la sustituya.

    Fee = honorarios que incluyen costes de operación y gestión del contrato.

    A los peajes anteriores les será de aplicación la Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector de hidrocarburos gaseosos y la cuota del GTS correspondiente.

    Ver condiciones generales de contratación aquí.

Solicita asesoramiento sin compromiso

Déjanos un teléfono y un gestor energético se pondrá en contacto contigo.

Este campo es obligatorio.
Este campo es obligatorio.
Este campo es obligatorio.
Este campo es obligatorio.

La finalidad de la recogida de tus datos es poder atender a tu solicitud de información, pudiendo Plenitude ceder los datos a terceros, siendo el responsable del tratamiento de tus datos, todo ello con la finalidad de poder llevar a cabo un posible contrato de suministro. La legitimación se basa en el artículo 6.1.a) del RGPD. Tienes derecho a ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos dirigiéndote a la dirección de correo lopd@eniplenitude.es, tal y como se explica en nuestra política de privacidad.

Este campo es obligatorio.

Preguntas frecuentes sobre luz y gas para empresas

  • La Tarifa Fácil es nuestra tarifa fija para empresas, con la que pagas lo mismo por kWh a cualquier hora del día, durante 12 meses. Ideal si buscas estabilidad y controlar mejor tu presupuesto.

    Podrás sacarle el máximo partido a nuestra Tarifa Fácil si tu negocio:

    • Tiene un consumo homogéneo a lo largo de todo el día, sin fluctuaciones en función de las horas.
    • Opera principalmente en horas punta, en que el precio de la luz es más caro.
    • Registra picos de consumo en distintos momentos.

    En cambio, la Tarifa Tendencia es una tarifa indexada, lo que significa que el importe que pagas por kWh consumido es el del mercado mayorista, más una cuota de gestión. Así, esta tarifa te ofrece oportunidades de ahorro a largo plazo, adaptando tus patrones de consumo.

    Además, el precio varía según tres tramos horarios (pico, llano y valle). Si ajustas tu consumo a las horas valle, cuando la energía es más barata, podrás recortar tu factura de la luz.

    Este tipo de tarifa conlleva un cierto grado de incertidumbre, ya que los precios no están garantizados y pueden variar. Si esta volatilidad te hace dudar sobre si elegir nuestra tarifa indexada de luz, puedes estar tranquilo: Tendencia no tiene permanencia. Podrás cambiarte de tarifa cuando lo necesites, sin penalizaciones.


    Elige nuestra Tarifa Tendencia si tu empresa:

    • Tiene un alto consumo de energía.
    • Concentra su actividad en las horas de menor demanda energética.
    • Puede asumir subidas puntuales de luz, a cambio del ahorro que suponen los periodos en que el coste de la energía baja.

  • Para elegir la tarifa energética más idónea para tu actividad, hay muchos aspectos a tener en cuenta.

    • Cuántas horas están operativas tus instalaciones.
    • En qué tramos del día gastas más electricidad.
    • Si tu consumo varía según la época del año.
    • Qué tipo de maquinaria utilizarás y su grado de eficiencia energética.
    • El uso de calefacción o aire acondicionado.
    • El tamaño de tu local.
    • Qué potencia te hace falta contratar.

    Como ves, son multitud de factores que tendrán un impacto directo en tu gasto energético.

    Por eso, te recomendamos ir a lo seguro: ¡déjanos asesorarte! Nuestros agentes estudiarán tu caso concreto para recomendarte la tarifa más beneficiosa para tu actividad comercial.

  • Llevamos más de 6 décadas asesorando a miles de pymes y autónomos en toda Europa. Y seguimos esforzándonos cada día para ser el socio energético que tu negocio necesita.

    Te ofrecemos:

    • Tarifas competitivas que te ayudan a reducir tus costes energéticos.
    • Asesoramiento personalizado: estudiamos tus necesidades para ofrecerte soluciones que optimicen el consumo de tu negocio.
    • Opciones de mantenimiento, con servicios preventivos y correctivos para que tu actividad nunca se pare.

  • Contratar tu tarifa energética con Plenitude es rápido y sencillo. Para que nuestros agentes puedan gestionar tu alta, solo tienes que facilitarnos estos datos:

    • CIF de la empresa.
    • DNI de su representante.
    • IBAN para domiciliar tus facturas.
    • Última factura del punto de suministro.

    Una vez realizadas las gestiones, recibirás un SMS con un enlace para firmar tu contrato de forma digital. ¡Así de fácil es empezar a disfrutar de nuestros servicios!

  • Por supuesto. En Plenitude, nos adaptamos a las necesidades cambiantes detu negocio. Según la tarifa que elijas, las condiciones pueden variar:

    • Tarifa Tendencia: con esta tarifa, tienes total flexibilidad y podrás cambiarte en cualquier momento sin penalizaciones ni costes de tramitación.

    • Tarifa Fácil: nuestra tarifa fija tiene una permanencia de 12 meses, lo que nos permite ofrecerte un precio competitivo y estable durante todo el año. Si decides cambiarte antes de que acabe este período, se aplicaría una penalización proporcional al tiempo restante de tu contrato. 



      Y nunca superará el 5% del precio que hayas firmado multiplicado por la energía que habrías consumido hasta el final de tu permanencia.



      Por ejemplo, si decides cambiarte 2 meses antes de que acabe tu contrato y estimamos que habrías pagado 200 € durante este tiempo, la penalización sería de solo 10 €.

  • Simplemente déjanos tu número de teléfono y un gestor energético se pondrá en contacto contigo. O, si lo prefieres, llama a nuestro número gratuito 900 26 48 33. Nuestros asesores estarán encantados de atenderte de lunes a viernes, de 9 a 21 horas.

    Ten a mano una factura reciente, ya que nos ayudará a entender mejor tus necesidades energéticas y recomendarte la tarifa más acorde al consumo de tu negocio.

  • En Plenitude, entendemos lo importante que es para tu empresa que todo funcione sin interrupciones. Por eso, nos encargamos de todos los aspectos técnicos y operativos relacionados con tus suministros energéticos.

    • Te ofrecemos 3 planes de mantenimiento de luz para que puedas elegir el que mejor se adapte a las necesidades de tu negocio. Y todos incluyen asistencia 24 horas en caso de urgencias 
eléctricas.
    • Cuidamos de tu instalación de gas con un servicio que no solo cubre emergencias, sino que también incluye la revisión anual preventiva.

    Por una pequeña cuota mensual, ganarás la tranquilidad de saber que tu negocio está protegido y tus instalaciones siempre a punto.

Footer