Plenitude: la forma más sencilla de poner la luz a tu nombre

Sin papeleos, sin llamadas eternas y con la tranquilidad de ir de la mano del mejor aliado.

  • Un experto de energía a tu lado

    Hablas siempre con la misma persona, que ya conoce tu caso.

  • Sin cortes de luz al cambiar de titular

    Nos aseguramos de que no te quedes ni un segundo a oscuras.

  • Tu contrato listo en 3 minutos

    Todo online y sin papeleo. ¿Lo único que necesitas? Tu DNI.

  • Más de 10 millones de clientes en Europa

    Tu energía, respaldada por una compañía en la que ya confían millones.

Elige la tarifa ideal para tu nuevo hogar

  • Fácil Plus Luz

    Paga lo mismo por kWh a cualquier hora.

    • Consumo de energía 0,099972 €/kWh
      (con impuestos 0,127151 €/kWh).

    • Energía 100% renovable, con Garantías de Origen.

  • Tarifa Tendencia Luz

    Tu energia a precio de mercado*.

    • Consumo de energía 0,128184€/kWh
      (con impuestos 0,163033 €/kWh).

    • Sin permanencia. Cámbiate a tarifa fija cuando quieras.

  • Fácil Plus Gas

    Precio estable 12 meses, sin subidas.

    • Consumo de energía 0,067753 €/kWh
      (con impuestos 0,083288 €/kWh).

    • Mantenimiento opcional, con 2 meses gratis.

  • Tarifa Tendencia Gas

    Tu energia a precio de mercado*.

    • Consumo de energía 0,061052 €/kWh
      (con impuestos 0,076704 €/kWh).

    • Sin permanencia. Cámbiate a tarifa fija cuando quieras.

  • Fácil Plus Luz y Gas

    Tu energia a precio fijo todo el año.

    • Consumo de luz 0,099972 €/kWh
      (con impuestos 0,127151 €/kWh).

    • Consumo de gas 0,067753 €/kWh
      (con impuestos 0,083288 €/kWh).

  • Tarifa Tendencia Luz y Gas

    Tu energia a precio de mercado*.

    • Consumo de luz 0,128184 €/kWh
      (con impuestos 0,163033 €/kWh).

    • Consumo de gas 0,061052 €/kWh
      (con impuestos 0,076704 €/kWh).

* El precio de mercado se basa en el precio de compra de energía de Plenitude, al que se suma una cuota de gestión mensual de 3,5 €.

¿En qué casos necesitas cambiar el titular de la luz?

Inquilino, propietario, heredero… sea cual sea tu situación, en Plenitude te guiamos paso a paso.

  • Alquiler de vivienda

    Con una mudanza de por medio, cuanto antes pongas la luz a tu nombre, mejor. Así podrás elegir compañía, cambiar la tarifa y llegar a tu nuevo piso con todo listo.

  • Compra de vivienda

    Aunque la casa ya tenga luz, el contrato sigue a nombre del anterior dueño. No te arriesgues a que lo dé de baja y te quedes a oscuras el día que entres con las cajas.

  • Herencias y divorcios

    Poner la luz a tu nombre evita que futuras gestiones, como modificar la tarifa o subir la potencia, dependan de terceros que ya no están. 

Cómo cambiar el titular de la luz

Te explicamos qué necesitas y cómo funciona el proceso en Plenitude.

Poner la luz a mi nombre
  • 1

    Solicita el cambio online

    Rellena el formulario en pocos minutos con esta información:

    1. DNI/NIE y datos del nuevo titular.
    2. Dirección de la vivienda o código CUPS.
    3. Cuenta bancaria para domiciliar tu recibo.
  • 2

    Revisamos tu documentación

    Nuestro equipo comprueba que todo sea correcto antes de iniciar el trámite. De no ser así, no te preocupes porque nuestro experto en energía se pondrá en contacto contigo para solucionarlo.
  • 3

    Gestionamos el cambio

    Nos encargamos de tramitar la solicitud con la distribuidora de tu zona. El cambio de titularidad suele tardar entre 15 y 20 días. 
  • 4

    ¡Todo listo para tu nueva etapa!

    Te avisaremos cuando la luz ya esté a tu nombre. Después, podrás gestionar tu contrato y revisar tus facturas cómodamente desde tu Área de cliente.
Poner la luz a mi nombre

¿Tu vivienda de obra nueva aún no tiene luz?

Si tu vivienda es a estrenar, tendrás que dar de alta tu suministro desde cero. Con Plenitude, tendrás a un experto de energía a tu lado para guiarte en el proceso. 

  • Gestionamos el alta con la distribuidora por ti.
  • Te explicamos los costes regulados antes de empezar el trámite.
  • Te ayudamos a elegir la mejor tarifa de luz y/o gas para tu nuevo hogar.

Así valoran nuestros clientes su experiencia con Plenitude

¿Listo para poner la luz a tu nombre?

Solicita tu cambio de titularidad online en 3 minutos y déjalo todo preparado para entrar en tu nueva casa sin complicaciones

Cambiar titularidad

Dudas sobre el cambio de titularidad en tu suministros

No. El cambio de titularidad es un trámite administrativo y no afecta a tu suministro eléctrico, así que nunca te quedarás a oscuras.

Mucho menos de lo que imaginas: tu DNI, una cuenta bancaria y el CUPS o dirección del suministro. Nada de desenterrar escrituras ni solicitar certificados de empadronamiento. 

El proceso suele completarse en un plazo de 15 a 20 días. Y puedes estar tranquilo: tu suministro no se interrumpe en ningún momento.

Plenitude no te cobra nada por hacer tu cambio de titularidad. Solo podría haber algún coste si tu distribuidora decide que hay que revisar la instalación o aprovechas para modificar la potencia contratada.

En cambio, si tu vivienda es de obra nueva y no tiene suministro, el proceso es diferente: se trata de un alta desde cero. En ese caso, pueden aplicarse derechos de enganche y otros conceptos que factura la distribuidora. Te informamos de todo antes de empezar.

El nuevo inquilino. Así podrás elegir la tarifa más acorde a tus necesidades y gestionar tu contrato sin depender del propietario o de antiguos titulares.

Sí, pero en ese caso, tendrás que solicitar un cambio de titular sin subrogación (es decir, sin asumir las facturas pendientes del anterior titular).

Empieza esta nueva etapa con la luz a tu nombre

Haz el cambio de titularidad online y deja que Plenitude se ocupe del resto.

Fácil Plus Luz Hogar

Potencia €/kW y día Precio Final Energía
Hasta 5kW de POTENCIA P1-P2
(P. Punta y P. Valle)
P1-P2-P3
Sin impuestos 0,099984 0,099972
Con impuestos 0,127166 0,127151
Más de 5kW
de POTENCIA
(Hasta 15kW)
P1-P2
(P. Punta y P. Valle)
P1-P2-P3
Sin impuestos 0,099984 0,112761
Con impuestos 0,127166 0,143416

*El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. Incluye IVA del 21%. Incluye Impuesto Especial sobre Electricidad (IEE) del 5,11%.

  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de potencia ATR por cada periodo tarifario previstos en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que la sustituya.

    Comprende además, el coste de la energía, incluyendo las pérdidas derivadas de la implementación de la legislación y demás procedimientos aplicables a la fecha del contrato, los pagos por capacidad y el coste de los servicios complementarios.

    No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

    *Conforme a la normativa vigente, los precios finales aplicables al presente contrato con impuestos indirectos incluidos (IVA o IGIC o IPSI, según normativa aplicable) así como impuestos especiales (impuesto eléctrico) serán los reflejados en la tabla inferior. Si el precio contratado es indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el pool de OMIE con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

    Esta tarifa es contratable en exclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitud y para altas de suministro contratadas con Plenitude. Oferta válida para clientes sin Bono Social y potencia comprendida entre 0 y 15 kW (ambos incluidos).

    Ver condiciones generales de contratación aquí.

Tarifa Tendencia Luz Hogar

Tarifa horarios potencia
<= 15kW
Sin impuestos Con impuestos
Energía P1 Según Precio de Mercado SPM
P2 SPM SPM
P3 SPM SPM
Potencia P1 0,075902 €/kW/día 0,096537 €/kW/día
P2 0,001987 €/kW/día 0,002527 €/kW/día
Con impuestos Sin descuento 3,5 €/mes 4,24 €/mes

Luz Hogar Tarifa Tendencia FEE 0 €/MWh


Sin impuestos Con impuestos
Energía Periodo Punta 0,188124 €/kWh 0,239268 €/kWh
Periodo Llano 0,119082 €/kWh 0,151456 €/kWh
Periodo Valle 0,103871 €/kWh 0,132110 €/kWh
  • El importe del precio mensual del término de energía se calculará por períodos multiplicando el precio calculado según la fórmula adjunta por el consumo del suministro al cual se le añadirán los impuestos correspondientes, tanto impuesto eléctrico como IVA o IGIC, según corresponda.

    Precio Energía = [(PPC + CM) x (1+Cperd)] x 1,015 + Fee + ATRe

    Las variaciones que se produzcan en los peajes de acceso, cargos, tributos y/o cualquiera de los impuestos que sean de aplicación, incluso de nueva creación, se repercutirá al cliente al alza o a la baja según proceda. En particular, Plenitude podrá aplicar los recargos o sobrecostes derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

    No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en el RD 148/2021 de 9 de marzo, por el que establece la metodología para el cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya.  La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

    Esta tarifa es contratable en esclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitude y para nuevas altas de suministro contratadas con Plenitude.

     

    GLOSARIO DE LA FÓRMULA

    -PPC = Precio Perfilado de compra Plenitude por período y tarifa de acceso. Será el resultado de perfilar el precio horario del mercado diario publicado por el Operador del Mercado en www.omie.es por la energía horaria comprada por Plenitude, disponible en el P48 www.esios.ree.es por período y tarifa de acceso.

    -CM = costes de mercado de la comercialización. Incluye la suma de los términos regulados vigentes en cada momento para cada tarifa de acceso y periodo tarifario como pagos por capacidad, tasas de operador del mercado y operador del sistema, aportación al fondo de eficiencia, bono social; así como el resto de términos publicados por el Operador del Sistema en www.esios.ree.es como los servicios de ajuste, servicio de respuesta activa de la demanda, coste de desvíos y otros costes de mercado imputables a la demanda que puedan aparecer derivados de cambios legislativos; así como el coste de las garantías de origen publicadas en la plataforma www.montelnews.com.

    -Cperd = coeficientes de pérdidas horarias de red establecidos por el Operador del sistema para cada tarifa de acceso, periodo y procedimiento de operación vigente que corresponda.

    -Fee = retribución por la operación e intermediación en el mercado.

    -ATRe = los peajes y cargos se calcularán en base a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o disposiciones legales que lo sustituyan.

Fácil Plus Gas Hogar

Sin impuestos Término Fijo €/mes Término Variable €/kWh
Término Energía €/kWh Peajes Energía €/kWh Precios Energía €/kWh
Consumo menor de
5.000 kWh(RL.1)
3,7531 0,069314 0,015240 0,054074
Consumo entre 5001 y
15.000KWh(RL.2)
7,3319 0,067753 0,013172 0,054581
Consumo entre 15001 y
50.000KWh(RL.3)
16,8781 0,064363 0,009782 0,054581

*El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. El descuento no aplica a peajes, cargos y demás términos regulados.

Con impuestos** Término Fijo €/mes Término Variable €/kWh
Término Energía €/kWh Peajes Energía €/kWh Precios Energía €/kWh
Consumo menor de
5.000 kWh(RL.1)
4,5413 0,085177 0,018440 0,066736
Consumo entre 5.001 y
15.000KWh(RL.2)
8,8716 0,083288 0,015938 0,067350
Consumo entre 15.001 y
50.000KWh(RL.3)
20,4224 0,079186 0,011836 0,067350
  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo para cada periodo tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por lo que se establece la metodología para el cálculo de peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o en menos, por en Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificará al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificárselo 15 días antes.

    Plenitude facturará una cuota fija en €/mes, en concepto de "Gastos de Gestión" por servicios de valor añadido ofrecido a sus Clientes. En caso de una facturación inferior o superior al mes, dicho gasto de gestión se reflejará en la factura de forma prorrateada según corresponda.

    *Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).

Tarifa Tendencia Gas

Sin Telemedida Término Fijo €/mes
Sin impuestos
Término Fijo €/mes
Con impuestos
RL.1 2,2306 2,6990
RL.2 5,8094 7,0294
RL.3 15,3556 18,5802
Cuota mensual €/mes
Sin impuestos y sin descuento
Cuota mensual €/mes
Con impuestos, Sin descuento
Todas las potencias (RL.1/2/3) 3,50 4,24
  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo por cada período tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o menos, por el Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificada al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificarlo 15 días antes.

    Al ser el precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el MIBGAS con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

    FORMULA PARA INDEXADAS GAS

    Si contrata una tarifa indexada la fórmula que se aplica será la siguiente:

    PE = Promedio (Mibgas)*1.05 + ATRs

    MIBGAS (diario) = el precio para cada día de entrega de gas publicado en www.mibgas.es bajo el titulo “índice MIBGAS” en €/MWh.

    ATRe = el ATR se calculará en base a lo previsto en la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), por la que se establecen la los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural y la propuesta de orden por la que se establecen los cargos del sistema gasista, o normativa que la sustituya.

    Fee = honorarios que incluyen costes de operación y gestión del contrato.

    A los peajes anteriores les será de aplicación la Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector de hidrocarburos gaseosos y la cuota del GTS correspondiente.

    Esta tarifa es contratable en exclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitude y para nuevas altas de suministro contratadas con Plenitude.

    Ver condiciones generales de contratación aquí.

Tarifa Tendencia Luz Hogar

Tarifa horarios potencia
<= 15kW
Sin impuestos Con impuestos
Energía P1 Según Precio de Mercado SPM
P2 SPM SPM
P3 SPM SPM
Potencia P1 0,075902 €/kW/día 0,096537 €/kW/día
P2 0,001987 €/kW/día 0,002527 €/kW/día
Con impuestos Sin descuento 3,5 €/mes 4,24 €/mes

Luz Hogar Tarifa Tendencia FEE 0 €/MWh


Sin impuestos Con impuestos
Energía Periodo Punta 0,188124 €/kWh 0,239268 €/kWh
Periodo Llano 0,119082 €/kWh 0,151456 €/kWh
Periodo Valle 0,103871 €/kWh 0,132110 €/kWh
  • El importe del precio mensual del término de energía se calculará por períodos multiplicando el precio calculado según la fórmula adjunta por el consumo del suministro al cual se le añadirán los impuestos correspondientes, tanto impuesto eléctrico como IVA o IGIC, según corresponda.

    Precio Energía = [(PPC + CM) x (1+Cperd)] x 1,015 + Fee + ATRe

    Las variaciones que se produzcan en los peajes de acceso, cargos, tributos y/o cualquiera de los impuestos que sean de aplicación, incluso de nueva creación, se repercutirá al cliente al alza o a la baja según proceda. En particular, Plenitude podrá aplicar los recargos o sobrecostes derivados de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

    No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en el RD 148/2021 de 9 de marzo, por el que establece la metodología para el cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya.  La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

    Esta tarifa es contratable en esclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitude y para nuevas altas de suministro contratadas con Plenitude.

     

    GLOSARIO DE LA FÓRMULA

    -PPC = Precio Perfilado de compra Plenitude por período y tarifa de acceso. Será el resultado de perfilar el precio horario del mercado diario publicado por el Operador del Mercado en www.omie.es por la energía horaria comprada por Plenitude, disponible en el P48 www.esios.ree.es por período y tarifa de acceso.

    -CM = costes de mercado de la comercialización. Incluye la suma de los términos regulados vigentes en cada momento para cada tarifa de acceso y periodo tarifario como pagos por capacidad, tasas de operador del mercado y operador del sistema, aportación al fondo de eficiencia, bono social; así como el resto de términos publicados por el Operador del Sistema en www.esios.ree.es como los servicios de ajuste, servicio de respuesta activa de la demanda, coste de desvíos y otros costes de mercado imputables a la demanda que puedan aparecer derivados de cambios legislativos; así como el coste de las garantías de origen publicadas en la plataforma www.montelnews.com.

    -Cperd = coeficientes de pérdidas horarias de red establecidos por el Operador del sistema para cada tarifa de acceso, periodo y procedimiento de operación vigente que corresponda.

    -Fee = retribución por la operación e intermediación en el mercado.

    -ATRe = los peajes y cargos se calcularán en base a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o disposiciones legales que lo sustituyan.

Tarifa Tendencia Gas

Sin Telemedida Término Fijo €/mes
Sin impuestos
Término Fijo €/mes
Con impuestos
RL.1 2,2306 2,6990
RL.2 5,8094 7,0294
RL.3 15,3556 18,5802
Cuota mensual €/mes
Sin impuestos y sin descuento
Cuota mensual €/mes
Con impuestos, Sin descuento
Todas las potencias (RL.1/2/3) 3,50 4,24
  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo por cada período tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o menos, por el Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificada al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificarlo 15 días antes.

    Al ser el precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el MIBGAS con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

    FORMULA PARA INDEXADAS GAS

    Si contrata una tarifa indexada la fórmula que se aplica será la siguiente:

    PE = Promedio (Mibgas)*1.05 + ATRs

    MIBGAS (diario) = el precio para cada día de entrega de gas publicado en www.mibgas.es bajo el titulo “índice MIBGAS” en €/MWh.

    ATRe = el ATR se calculará en base a lo previsto en la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), por la que se establecen la los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural y la propuesta de orden por la que se establecen los cargos del sistema gasista, o normativa que la sustituya.

    Fee = honorarios que incluyen costes de operación y gestión del contrato.

    A los peajes anteriores les será de aplicación la Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector de hidrocarburos gaseosos y la cuota del GTS correspondiente.

    Esta tarifa es contratable en exclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitude y para nuevas altas de suministro contratadas con Plenitude.

    Ver condiciones generales de contratación aquí.

Fácil Plus Luz Hogar

Potencia €/kW y día Precio Final Energía
Hasta 5kW de POTENCIA P1-P2
(P. Punta y P. Valle)
P1-P2-P3
Sin impuestos 0,099984 0,099972
Con impuestos 0,127166 0,127151
Más de 5kW
de POTENCIA
(Hasta 15kW)
P1-P2
(P. Punta y P. Valle)
P1-P2-P3
Sin impuestos 0,099984 0,112761
Con impuestos 0,127166 0,143416

*El “coste de la energía” es uno de los conceptos que se integran dentro de la factura de tu suministro. Incluye IVA del 21%. Incluye Impuesto Especial sobre Electricidad (IEE) del 5,11%.

  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de potencia ATR por cada periodo tarifario previstos en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que la sustituya.

    Comprende además, el coste de la energía, incluyendo las pérdidas derivadas de la implementación de la legislación y demás procedimientos aplicables a la fecha del contrato, los pagos por capacidad y el coste de los servicios complementarios.

    No se incluyen, aunque son de cuenta exclusiva del cliente, el coste de los excesos de potencia, el complemento por energía reactiva y capacitiva, el coste del uso del equipo de medida y demás servicios voluntarios que solicite el cliente. Para el cálculo de los excesos se estará a lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad y Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. La energía reactiva, capacitiva y otros conceptos que corresponda percibir a la empresa distribuidora de conformidad con la normativa vigente en cada momento se facturarán según la información proporcionada por la distribuidora.

    *Conforme a la normativa vigente, los precios finales aplicables al presente contrato con impuestos indirectos incluidos (IVA o IGIC o IPSI, según normativa aplicable) así como impuestos especiales (impuesto eléctrico) serán los reflejados en la tabla inferior. Si el precio contratado es indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía en el pool de OMIE con un incremento comercial de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

    Esta tarifa es contratable en exclusiva por clientes con perfil doméstico para cambios de comercializadora en favor de Plenitud y para altas de suministro contratadas con Plenitude. Oferta válida para clientes sin Bono Social y potencia comprendida entre 3 y 15 kW (ambos incluidos).

    Ver condiciones generales de contratación aquí.


Fácil Plus Gas Hogar

Sin impuestos Término Fijo €/mes Término Variable €/kWh
Término Energía €/kWh Peajes Energía €/kWh Precios Energía €/kWh
Consumo menor de
5.000 kWh(RL.1)
3,7531 0,069314 0,015240 0,054074
Consumo entre 5001 y
15.000KWh(RL.2)
7,3319 0,067753 0,013172 0,054581
Consumo entre 15001 y
50.000KWh(RL.3)
16,8781 0,064363 0,009782 0,054581
Con impuestos Término Fijo €/mes Término Variable €/kWh
Término Energía €/kWh Peajes Energía €/kWh Precios Energía €/kWh
Consumo menor de
5.000 kWh(RL.1)
4,5413 0,085177 0,018440 0,066736
Consumo entre 5001 y
15.000KWh(RL.2)
0,066736 0,083288 0,015938 0,067350
Consumo entre 15001 y
50.000KWh(RL.3)
20,4224 0,079186 0,011836 0,067350
  • El precio del contrato consta del término de energía y siempre y cuando Plenitude sea responsable de la solicitud, formalización y pago del ATR directamente a la Empresa distribuidora, de los términos de energía ATR y de término fijo para cada periodo tarifario previstos en la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por lo que se establece la metodología para el cálculo de peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, o normativa que la sustituya, desarrolle o complemente. Los precios aplicados al gas podrán ser modificados, en más o en menos, por en Comercializador, en función de las variaciones que se produzcan en los precios medios del mercado MIBGAS, correspondientes al mes de aplicación. En todo caso, la modificación será notificará al Cliente con una antelación mínima de 30 días a su aplicación, pudiendo resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo con la misma, sin ningún tipo de indemnización, debiendo notificárselo 15 días antes.

    Al ser un precio contratado indexado, el precio de la energía se paga en función del consumo y del precio horario de la energía de la en MIBGAS con un incremento de la empresa comercializadora que incluye sus posibles sobrecostes por desvíos.

     

    Plenitude facturará una cuota fija en €/mes, en concepto de "Gastos de Gestión" por servicios de valor añadido ofrecido a sus Clientes. En caso de una facturación inferior o superior al mes, dicho gasto de gestión se reflejará en la factura de forma prorrateada según corresponda.

     

    *Precios con impuestos incluidos: IVA (21%) o impuestos indirectos correspondientes IGIC o IPSI según normativa aplicable correspondiente e impuestos especiales Impuesto de Hidrocarburos (0,00234€/kWh).