Dar de alta la luz es el trámite para activar el suministro eléctrico en una vivienda o local donde no hay electricidad activa, bien porque nunca la ha habido o porque el punto de suministro se dio de baja. No es lo mismo que cambiar de titular, cambiar de compañía o cambiar de tarifa. El plazo habitual es de 5 a 15 días hábiles dependiendo del tipo de vivienda y de tu distribuidora, y puede requerir documentación técnica y tener un coste asociado.
Si tu vivienda ya tiene luz activa, probablemente no necesitas un alta nueva. En ese caso, lo más habitual es hacer un cambio de titular del contrato de luz, que suele ser un trámite más sencillo, rápido y sin coste.
En Plenitude nos encargamos de todo, coordinando el trámite con tu distribuidora y dando de alta tu contrato
Debes dar de alta la luz cuando no hay suministro activo en el punto donde quieres contratar. Esto suele ocurrir en tres situaciones:
Antes de iniciar el trámite, conviene comprobar si lo que necesitas es un alta nueva:
| Si tu caso es… | Entonces necesitas… | Coste habitual | Plazo habitual |
|---|---|---|---|
La vivienda ya tiene luz activa a nombre de otra persona | Gratis | Más rápido | |
Quieres cambiarte a Plenitude mientras el suministro sigue activo | Gratis | Sin corte | |
Quieres pasar de una tarifa a otra (fija a indexada o viceversa) | Gratis | Variable | |
Quieres modificar los kW contratados y ajustar tu potencia | Según caso | Variable | |
No hay suministro activo o nunca lo ha habido | Puede tener coste | 1–20 días hábiles |
Muchas veces, cuando quieres dar de alta tu suministro, en realidad necesitas hacer un cambio de titular o de compañía. Esta guía te ayuda a entender tu caso y elegir la mejor opción desde el principio.
No todos los procesos de alta son iguales. El plazo, la documentación y el coste pueden variar según el historial del punto de suministro.
| Tipo de alta | En qué casos aplica | Qué suele hacer falta | Plazo orientativo |
|---|---|---|---|
Obra nueva (alta de luz por primera vez) | La vivienda o local nunca ha tenido suministro previo |
| 7–15 días hábiles |
Reactivación reciente (menos de 3 años sin luz) | El suministro existía, pero fue dado de baja hace poco |
| 1–5 días hábiles |
Reactivación larga (más de 3 años sin luz) | El suministro lleva mucho tiempo inactivo |
| 5–20 días hábiles |
Si vas a mudarte y no tienes claro qué trámite te corresponde, te ayudará echar un vistazo a esta guía completa de gestión de luz y/o gas durante un cambio de vivienda.
Estos son los datos y documentos que te suelen pedir en cualquier compañía:
¿No sabes qué potencia contratar? Aquí tienes nuestra guía completa sobre la potencia eléctrica recomendada.
El CUPS es el código que identifica tu punto de suministro. Si la vivienda ya tuvo luz, suele aparecer en una factura antigua. Si no tienes ninguna, la distribuidora puede localizarlo con la dirección completa.
En obra nueva, normalmente lo facilita la promotora o la distribuidora cuando el punto ya está registrado. Es tan importante durante el proceso que conviene localizarlo lo antes posible. Te ayudamos a encontrar el CUPS en tu vivienda con y sin factura.
El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), también llamado boletín eléctrico, acredita que la instalación cumple la normativa y puede usarse con seguridad. Suele ser obligatorio en obra nueva y también puede ser necesario cuando el suministro lleva mucho tiempo dado de baja o cuando la instalación supera determinada antigüedad, así como cuando se requiere un aumento de potencia superior al que la instalación eléctrica soporta.
Para obtenerlo, necesitarás que un instalador electricista autorizado inspeccione la instalación, ya que ni la comercializadora ni la distribuidora pueden emitirlo.
Algunos datos clave sobre el boletín eléctrico:
Para facilitar la comprensión de este proceso, hemos preparado una infografía sobre el boletín eléctrico, con todos los pasos explicados de forma visual.
El alta de luz no tiene un precio libre fijado por cada comercializadora. La mayor parte del coste depende de derechos regulados que cobra la distribuidora y son los mismos en toda España. Se paga en la primera factura e incluye estos conceptos:
Derechos regulados habituales
| Concepto | En qué casos aplica | Coste orientativo |
|---|---|---|
Derechos de extensión | Altas nuevas donde hay que extender la red para que llegue al inmueble. | Variable según obra necesaria: ~17,37 €/kW |
Derechos de acceso | Altas nuevas. Coste regulado según potencia contratada. | Para 3,45 kW: ~ 39–50 €. Para 5,75 kW: ~ 65–85 €. |
Derechos de enganche | Coste único por conectar el punto a la red. | ~ 9 €/kW. Para 3,45 kW: ~35 € (IVA inc). |
Boletín eléctrico (CIE) | Cargo del electricista. No de la distribuidora. | ~ 80–200 €. |
Incluyendo acceso + enganche, sin extensión. Coste estimado según potencia contratada:
| Potencia contratada | Total (sin IVA) | Total (con IVA) |
|---|---|---|
3,45 kW | 77,00 € | 93,18 € |
4,6 kW | 99,66 € | 120,59 € |
5,75 kW | 122,31 € | 148,00 € |
Incluyendo acceso + extensión + enganche. Coste estimado según potencia contratada:
| Potencia contratada | Total (sin IVA) | Total (con IVA) |
|---|---|---|
3,45 kW | 136,93 € | 165,69 € |
4,6 kW | 179,56 € | 217,27 € |
5,75 kW | 222,19 € | 268,85 € |
Los importes anteriores son el resultado de aplicar las cuantías reguladas a potencias habituales de vivienda.
Otros costes que pueden influir
Además de los derechos regulados, en algunos casos puede haber:
Los derechos de acceso y enganche se cargan en tu primera factura con tu nueva compañía. El boletín eléctrico lo pagas directamente al electricista antes de iniciar el trámite. La contratación con Plenitude es siempre gratuita.
En Plenitude te ayudamos a revisar tu caso, elegir tu potencia y tramitar el alta sin papeleos y en unos minutos.
Si ya has confirmado que necesitas un alta nueva, este es el proceso habitual:
Gestiona el alta con Plenitude en minutos
| Situación | Plazo orientativo |
|---|---|
Reactivación de menos de 3 años | 1–5 días hábiles |
Obra nueva con documentación completa y CIE en regla | 7–15 días hábiles |
Baja prolongada o incidencias técnicas | 10–20 días hábiles |
El plazo depende sobre todo del tipo de alta y de la distribuidora de tu zona (Endesa Red, i-DE/Iberdrola, UFD, E-Redes u otras), no de la comercializadora. Desde Plenitude, podemos coordinar y gestionar el proceso por ti, pero los tiempos técnicos los marca la distribuidora.
Para facilitar la comprensión de este proceso, hemos preparado una infografía sobre el tiempo en dar de alta la luz, con todos los pasos explicados de forma visual.
La distribuidora es la empresa que gestiona la red eléctrica en tu zona y activa físicamente el contador. No la eliges tú: depende de dónde está tu vivienda. La comercializadora, como Plenitude, es la que te ofrece la mejor tarifa de luz y gestiona tu contrato.
| Distribuidora | Zonas principales |
|---|---|
Endesa Red | Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Cataluña, Extremadura, parte de Castilla-La Mancha |
i-DE (Iberdrola) | Castilla y León, C. Valenciana, Murcia, Navarra, País Vasco (parcial), Castilla-La Mancha (parcial) |
UFD (Naturgy) | Galicia, Madrid, parte de Castilla-La Mancha, Ceuta, Melilla |
E-Redes (EDP) | Cantabria, Asturias, parte de Castilla y León |
Viesgo | Cantabria, parte del norte de España |
Normalmente necesitas el documento de identidad del titular, la dirección del suministro, un IBAN, la potencia a contratar y, según el caso, el CUPS y el boletín eléctrico o CIE. En obra nueva también pueden pedir documentación adicional del inmueble.
Depende del caso y de la potencia contratada. Si la vivienda ya tuvo suministro y lleva poco tiempo de baja, la reactivación puede rondar entre 70 y 150 €, mientras que un alta nueva completa suele ser entre 200 y 500 € o, según la potencia y si hace falta boletín y obras en la red. La contratación con Plenitude es siempre gratuita.
Entre 1 y 5 días hábiles para reactivaciones recientes. Entre 7 y 15 días hábiles para obra nueva con documentación en regla. Hasta 20 días si hay incidencias o falta documentación.
No. Dar de alta la luz significa activar un suministro que no está en funcionamiento. Cambiar de titular significa poner el contrato a tu nombre, por lo que requiere que haya ya electricidad activa en la vivienda. Son trámites distintos y normalmente el cambio de titular es más sencillo.
En muchos casos sí, especialmente en obra nueva o cuando la instalación necesita acreditación técnica. También puede exigirse si el suministro tiene más de 20 años activo o si la instalación no está vigente. Para cambios de titular o de compañía, nunca hace falta.
Sí. La distribuidora depende de la zona, pero la comercializadora la eliges tú. Puedes contratar directamente con Plenitude desde el inicio del proceso. Gestionamos todos los trámites por ti, sin papeleos y en pocos minutos.
La solicitud la tramitas con la comercializadora, pero la activación técnica del punto la ejecuta la distribuidora.
En la práctica, sí. El alta nueva se usa cuando la vivienda nunca ha tenido suministro (primera vez) o cuando ha estado dada de baja un tiempo y nadie la va a traspasar por cambio de titularidad.
Si ya hubo suministro, puede tratarse de una reactivación. Si la baja fue reciente, el proceso suele ser más ágil y económico, y puede que no tengas que asumir todos los derechos.
Si han pasado más de 3 años, el proceso es similar al de una obra nueva y puede requerir nuevo CIE.
La pregunta clave es: ¿está la luz activa en la vivienda? Si la respuesta es sí, normalmente necesitas un cambio de titular. Si la respuesta es no, probablemente tengas que dar de alta la luz.
En Plenitude te ayudamos a identificar tu caso, reunir la documentación y tramitar el alta con la distribuidora correspondiente sin papeleos y en pocos minutos. Olvídate de las gestiones y disfruta de la mejor tarifa de luz para ti.